Cuando una empresa es declarada en concurso de acreedores o en situación de insolvencia provisional o definitiva, si no ha podido hacer frente a las indemnizaciones y salarios legalmente reconocidos a favor de los trabajadores, el Fondo de Garantía Salarial se hace cargo de las mismas en las cuantías que correspondan en cada caso, si bien todas ellas sujetas a los topes y límites que establece anualmente el gobierno español.
Para poder reclamar dichas cantidades e indemnizaciones es preciso obtener previamente una sentencia judicial o acta de conciliación judicial que reconozca los créditos correspondientes a favor del trabajador.